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Esta obra tiene una finalidad eminentemente práctica y pretende poner a disposición de los abogados un instrumento de consulta y de ayuda para la interposición de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación ante la Sala Civil del Tribunal Supremo. La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, ha producido un cambio importante en el régimen de estos recursos que afecta fundamentalmente al de casación, extendiendo el criterio del «interés casacional» para permitir, a través de él, que puedan ser recurridas ante el Tribunal Supremo todas las sentencias civiles dictadas por las Audiencias Provinciales en segunda instancia, con independencia del interés económico del proceso. Como contrapartida se impone una cierta rigurosidad en la exigencia de los requisitos de toda índole que han de reunir los referidos recursos; primero, para su admisión, y luego para su estimación. A la delimitación del ámbito respectivo de cada uno de los recursos extraordinarios y al cumplimiento de dichos requisitos se refiere este trabajo, en relación con el Acuerdo de la Sala de fecha 30 diciembre 2011 -que se reproduce íntegramente- abordando, con cita de la más reciente doctrina de la Sala Primera, las cuestiones más polémicas y así, entre otras, la forma como ha de denunciarse ante el Tribunal Supremo la infracción de las normas sobre legitimación, la adecuada formulación de los motivos y la cita en ellos de la norma infringida o el discutido tema de la posible denuncia en los recursos extraordinarios del error en la valoración de la prueba.