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existe todavía en nuestro ordenamiento jurídico una normativa sustantiva propia de grupos de sociedades. Antes de 2007 se contaba con normas mercantiles y fi scales que establecían regulaciones acordes a la materia, de las que podía extraerse un concepto de grupo de sociedades. Tales normas fueron evolucionando a lo largo del tiempo hasta confl uir en la defi nición proporcionada por el artículo 42.1 del Código de Comercio, en su vigente redacción tras la Ley 16/2007, de 4 de julio, en el que el legislador optó por un concepto de grupo fundamentado exclusivamente en la existencia de una situación de ?control o posibilidad de control? (por tanto, control real o potencial) de una sociedad (dominante) sobre otra u otras (dependientes o dominadas), soslayando ya la anterior referencia a la ?dirección unitaria o unidad de decisión? que hasta ese momento había caracterizado de forma exclusiva al concepto de grupo en dicho precepto desde la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, y también la mayoría de las normas sectoriales, como la Ley de Sociedades de Capital de 2010, el vigente texto refundido de la Ley del Mercado de Valores de 2015 o la disposición adicional 6ª de la Ley Concursal, entre otras. Concepción ésta que aceptaban asimismo la práctica totalidad de los órganos judiciales españoles, excepción hecha de la desconcertante sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo núm. 437/2017, de 14 de marzo (seguida por la núm. 437/2018, de 11 de julio), que, pese a declarar que los grupos horizontales están excluidos del concepto confi gurado por el artículo 42.1 del Código de Comercio, acepta contra legem que para la existencia de grupo de sociedades no es necesario que quien ostente el control sea una persona jurídica, sino que puede también serlo una persona física. En la presente obra, se hace un recorrido desde la génesis del fenómeno grupal, su distinción de otras fi guras afi nes, el tratamiento en derecho comparado y en el de la Unión Europea, los diferentes modelos y tipologías de grupos, la evolución del concepto de grupo de sociedades en el derecho español (incluyendo el análisis de textos prelegislativos) y su tratamiento en la legislación sectorial (derecho societario, derecho del trabajo, derecho fi nanciero y tributario, mercado de valores y normativa contable, entre otras). Incide fi nalmente el autor en la defi - nición de la fi gura en el derecho de la insolvencia, repasando el tratamiento dispensado en la práctica forense y criticando la posición de la Sala de lo Civil de nuestro más alto Tribunal en dos sentencias que ?a su juicio? se separan de la correcta interpretación del artículo 42.1 del Código de Comercio. En defi nitiva, se trata de una obra que analiza en profundidad el concepto de grupo de sociedades desde todos los ámbitos, con numerosas referencias doctrinales y jurisprudenciales, que resultará de suma utilidad a cualquier operador jurídico y/o económico interesado en el fenómeno grupal, tanto desde el punto de vista de la investigación jurídica como, sobre todo, desde la óptica de la práctica profesional.